Lo que la ley permite
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Ecuador tiene un artículo propuesto.
El informe para primer debate/1D-reforma_codigo_de_la_nin%CC%83ez_y_adolescencia.pdf) oficial de la Comisión de Protección Integral (5 de agosto de 2025) de la reforma unificada del Código de la Niñez y Adolescencia insertaría el artículo 27.1: “Queda prohibido cualquier procedimiento médico, farmacológico o quirúrgico que tenga como propósito modificar el sexo biológico de niños, niñas y adolescentes.”
El Pleno tramitó esa reforma unificada en primer debate (sesión 032). Los oradores argumentaron a favor de eliminar la ideología de género y los tratamientos hormonales de cambio de sexo. El presidente devolvió el texto a la comisión para el informe de segundo debate. Eso es un expediente de primer debate.