Lo que la ley permite
Registro completo
Esta es la Comunitat Valenciana, parte de España.
La Ley 5/2025, de 30 de mayo, de la Generalitat, enmendó la Ley 8/2017 (reconocimiento integral de la identidad y la expresión de género en la Comunitat Valenciana). El artículo 136 reescribió el artículo 16 (atención sanitaria de los menores). El texto reescrito sigue describiendo una vía hacia los bloqueadores de la pubertad y las hormonas del sexo opuesto. Añadió controles: acompañamiento de salud mental infanto-juvenil durante todo el proceso farmacológico; un informe favorable de comorbilidad cuando haga falta; y autorización de quienes tienen la custodia legal o de un juez. Eso es un endurecimiento regional.
El President of the Government presentó el recurso de inconstitucionalidad n.º 1549-2026. La providencia del Tribunal Constitucional del 28 de abril de 2026 (publicada el 6 de mayo de 2026, BOE-A-2026-9794) admitió el recurso y, porque se invocó el artículo 161.2 de la Constitution, suspendió los preceptos impugnados — incluidos los incisos citados de los artículos 6, 8, 16, 23.2 y 24 de la Ley 8/2017, tal como quedaron redactados por los artículos 127, 129, 136, 139 y 140 de la Ley 5/2025. El Auto 45/2026, de 7 de julio (BOE-A-2026-16931) mantuvo esas suspensiones (y levantó un precepto distinto de función pública). La Nota Informativa nº 52-2026 del Court es la nota de prensa oficial de ese auto.
El estatuto regional existe. El Constitutional Court de España ha pausado la aplicación. Las normas educativas del mismo caso también se pausaron.